Outsourcing en México: ¿qué implica la nueva reforma para las empresas?

Empleado trabajando con los auriculares en el callcenter de la oficina

El 24 de abril fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la Reforma de la Ley Laboral que afectará el outsourcing en México.

Esta modificación de la normativa del trabajo tiene una vacatio legis de 90 días. En este tiempo, las empresas deberán rectificar sus esquemas de contratación, para así estar alineadas con las nuevas regulaciones en torno a la subcontratación.

Para 2019, se registraron alrededor de 4 millones de empleados bajo el esquema de outsourcing en México, cifra que representa un total de 17.3% de empleados que no dependen de una sola razón social.

Considerando este contexto, es imprescindible que muchas empresas replanteen sus procesos y la modalidad de sus contratos para adaptarse a la ley, de forma que garanticen nuevas condiciones de trabajo para sus colaboradores.

Por ello, en este artículo explicaremos de qué trata la reforma, cuáles son sus excepciones y qué tienen que hacer las empresas para adaptarse a ella.

¡Comencemos!

Reforma del outsourcing en México: ¿en qué consiste?

Bajo la nueva reforma, los esquemas de outsourcing en México estarán prohibidos excepto cuando se apliquen a áreas que no sean el objeto comercial o estén relacionadas con la principal actividad comercial de la organización—por volumen de facturación.

El incumplimiento resultará en:

  • Todas las facturas relacionadas con la subcontratación no serán deducibles de impuestos.
  • No va a ser reembolsado el IVA (16%) de las facturas relacionadas con la subcontratación.

Y, entre las excepciones a la regla encontramos:

Servicios especializados —derogados los artículos 15A y 15D de la Ley Federal del Trabajo

Se permitirá la subcontratación cuando se trate de servicios especializados que no formen parte de la principal actividad comercial, sin embargo, esta debe ser formalizada mediante un contrato por escrito.

También se permite la subcontratación de proyectos, siempre y cuando estos no cubran áreas que constituyen la actividad empresarial principal de la entidad.

Para ambos casos, las empresas contratistas deberán estar registradas en padrón público de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).

Construcción, donde hay contratos temporales disponibles

En este caso, deberá existir una copia del contrato de construcción entre el cliente y el proveedor de servicios con cada contrato de trabajo, teniendo que respetarse el período de la contratación.

Cantidad de entidades dentro de la organización

Todavía se podrán tener varias entidades dentro de la compañía para los diferentes servicios que provea, siempre y cuando no estén entrelazados en lo que respecta a los ingresos.

¿Cuáles son las multas aplicables?

Las multas para las empresas que realicen subcontratación de personal, o bien, que presten estos servicios sin el registro adecuado van desde los 179 mil hasta los 4 millones de pesos, quedando prohibida la deducción de impuestos.

¿Qué tienen que hacer las empresas para adaptarse a la reforma?

En principio, los contratistas o agencias de outsourcing en México deberán estar registrados en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) y cumplir con una serie de requisitos; cuya inscripción correrá a partir del 24 de mayo, teniendo 90 días para registrarse y regularizar los servicios de subcontratación.

¿Cómo seguir adelante?

Dentro del marco legal, existen múltiples soluciones sobre cómo pasar de tener personal subcontratado a convertirse en empleador.

Principalmente, las empresas deberán modificar la modalidad de los contratos o emitir nuevos, donde los colaboradores ingresen con nuevas condiciones laborales, puesto que habrá un cambio en la relación laboral.

En primer lugar, existe la posibilidad de convertirse en empleador; debiendo estar preparados para asumir toda la administración de RR. HH. y lidiar con el papeleo y la gestión de documentos.

Por otro lado, el personal que no esté directamente vinculado con el objeto comercial oficial o la actividad comercial preponderante de la empresa, podrá ser contratado a través de una agencia de subcontratación registrada.

En términos de contratos de construcción, se puede contratar personal temporal a través de un tercero si el proyecto no está relacionado con el objeto social tipificado en los estatutos sociales o relacionado con la actividad principal. Esto puede referirse, por ejemplo, a la instalación e implementación de un nuevo sistema TI, construcción en altamar, tendido de tuberías, entre otros.

¿Cuáles son las ventajas de las herramientas digitales en este proceso?

Las reformas legales surgen de manera repentina y brindan un corto periodo de tiempo para que las empresas que trabajan bajo el esquema de outsourcing en México, regularicen la situación empresarial de cara a las nuevas restricciones.

Si tenemos en cuenta que la gestión de acuerdos y documentos puede tomar hasta el 25% del tiempo de un colaborador —entre preparación, firma, ejecución y gestión— esto supone una gran atraso para las organizaciones, además de una fuerte inversión económica.

La forma tradicional solo hace innecesariamente difíciles y lentos aquellos procesos que se pueden automatizar gracias a la tecnología.

¡Es momento de agilizar la gestión de documentos!

Si a causa de la reforma, tu empresa necesita gestionar cambios en los contratos de tus colaboradores o la emisión de nuevos, ¡la tecnología es tu mejor aliada! Las empresas necesitarán agilizar la gestión de acuerdos para cumplir con los plazos establecidos por la ley, y de la forma tradicional, este proceso a menudo es lento y costoso.

Para solucionarlo, una de las herramientas más relevantes en la industria es DocuSign Agreement Cloud, que consiste en un conjunto de aplicaciones e integraciones, entre ellas la firma electrónica, que sirven para automatizar y conectar todos los procesos de contratación.

Esta solución permite agilizar el cambio en los contratos o la emisión de nuevos, según sea el caso. Además, los colaboradores podrán firmar los acuerdos de manera electrónica desde cualquier lugar de manera sencilla y rápida. ¡Así, invertirás tu tiempo en las personas y no en el papeleo!

¡La solución hace más eficiente todo el proceso! Desde la generación del contrato hasta su adecuación a los términos y condiciones establecidos por el empleador de cara a la reforma.

Por si fuera poco, en México la firma electrónica tiene validez jurídica; y si el empleador y el empleado acuerdan que el contrato se firme de manera electrónica, también es válido ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje.

¡Hemos llegado al final! Entonces, ¿qué esperas para adaptar y agilizar tus procesos? Hazte usuario de la firma electrónica y optimiza la productividad de tu empresa con un sistema ágil y seguro.

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