Prueba electrónica: Conoce qué es y cuál es su uso como fuente probatoria

El uso de pruebas electrónicas - como videograbaciones, cámaras de vigilancia, mensajería instantánea, aplicaciones en la nube e incluso el email - ha crecido debido a su aporte como fuente probatoria dentro de procesos judiciales.

En este post te contaremos todo sobre ella, empezando por su concepto, características para entrar en el marco de prueba legalmente prevista y cómo puede ser valorada por un juzgado o tribunal.

Si no conoces aún los elementos que componen y rodean a la prueba electrónica, ¡te invitamos a leer hasta el final!

¿Qué se entiende como prueba electrónica?

La vida ha cambiado drásticamente en los últimos años con la aparición y proliferación de dispositivos y herramientas digitales, por ejemplo, como el Internet, los teléfonos inteligentes y los aparatos de vigilancia para el hogar.

Los medios digitales están presentes en nuestra vida como nunca antes. Es por ello que, ante la popularización de estos instrumentos, las instituciones de justicia han tenido que evolucionar para llegar a lo que se denomina como LegalTech. Una adaptación del ámbito jurídico a la realidad del mundo y alineado con las necesidades de la sociedad.

En ese sentido, podemos definir la prueba electrónica como toda aquella prueba digital que sea capaz de aportar información de valor en términos probatorios a nivel judicial. Es decir, un elemento propio de medios electrónicos o transmitida a través de ellos que sirve como evidencia ante un juzgado o tribunal.

Las pruebas electrónicas se presentan en dos modalidades fundamentales:

  • Datos guardados en sistemas o dispositivos informáticos, como discos duros, smartphones, computadoras, memoria electrónica, entre otros.
  • Información que se transmite a través de medios electrónicos, como pueden ser email, mensajería instantánea, aplicaciones peer-to-peer, entre otras.

Lo que demuestra que una prueba electrónica es cualquier archivo, imagen, video, conversación o mensaje que pueda servir como documento probatorio ante un juez durante un litigio.

Características de documentos electrónicos valorables judicialmente

Las características de un documento electrónico o prueba electrónica lícita en México son:

Inalterabilidad

Se dice que la inalterabilidad es uno de los principales obstáculos en la legislación mexicana para otorgar valor probatorio pleno. Dado que si los documentos electrónicos son carácter dubitativo no pueden tener valor pleno.

Pero, por otro lado, si cuentan con sistemas cifrados, como los proporcionados por la firma electrónica, o algún otro sistema análogo podrán obtener de plena fe a causa de la complejidad que involucraría alterarlos.

Autenticidad

Está relacionada con el origen o autoría de la prueba. En la que se debe demostrar que el autor aparente, es el autor real. Así mismo responde a la inalterabilidad.

Durabilidad

Contrario a pruebas físicas o analógicas, como el papel, una prueba electrónica no puede deteriorarse en el tiempo o por su manipulación. Lo que las convierte en un elemento ideal para satisfacer la necesidad de reproducción.

Seguridad

Garantizar a través de claves de cifrado, medios criptográficos o biométricos que el contenido de las pruebas electrónicas es real, auténtico y exacto.

Valoración y uso de la prueba electrónica

En México, cualquier orden jurisdiccional relacionado con la prueba electrónica y su identificación como tal, se ejecuta a través de diversas fases llamadas valoración de la prueba electrónica.

La normativa señala que las partes involucradas deben garantizar los elementos técnicos necesarios para reproducir las pruebas electrónicas. Asimismo, deben considerar que estos estén al alcance del sistema de justicia.

Valoración de los datos

De cumplirse los requisitos anteriores como lo son el método de obtención de la información y la incorporación de ellos dentro del proceso judicial, la prueba electrónica está dentro del marco legal y debe ser valorada por parte del juez o tribunal en ejercicio.

Como sucede en los documentos tradicionales, los documentos electrónicos están sujetos a la tasación que el legislador haya impuesto sobre ella. Según esta lógica, resulta evidente que pueden ser impugnados u objetados por cualquiera de las partes. Lo cual está previsto en la mayoría de los estados que componen los Estados Unidos Mexicanos a través del Tribunal Fiscal Federal de Justicia Administrativa.

Asimismo, esta última concluye que la valoración de los documentos electrónicos será diferente si estos cuentan con elementos como la firma electrónica avanzada y se realizará la prueba plena y será tarea de la contraparte demostrar que no son auténticos.

Aquellos que no poseen firma electrónica avanzada, su capacidad probatoria será mínima y será considerado como un indicio que deberá ser adminiculado con otro tipo de pruebas.

Hacen prueba plena los documentos que:

  • Se refieren a hechos propios;
  • Aseveran hechos que el juez puede percibir por sus sentidos;
  • Se refieren a hechos que puedan ser comprobados por medios aceptados por la ley.

No hacen prueba plena:

  • Las declaraciones que aseveran lo dicho por otra persona.
  • Las declaraciones que aportan solo apreciaciones dado que los hechos no pudieron ser percibidos por sus propios sentidos o porque no existen procedimientos legales para verificarlos.

Sin embargo, las pruebas electrónicas son un instrumento complejo en el derecho procesal mexicano, ya que se requieren presentar diversos elementos para convencer al juez de que dichas pruebas son verdaderas.

Proceso de valoración de la prueba electrónica

Los jueces en México se encuentran familiarizados con la valoración de pruebas electrónicas, sobre todo aquellos documentos que contienen firmas electrónicas. Dado que dentro de sus actividades cotidianas —independientes a su uso en juicio— los jueces operan con este tipo de herramientas.

Por ejemplo, como todo servidor público de alto nivel, estos firman sus declaraciones de impuestos y patrimoniales usando e.firma del SAT.

Asimismo, el Poder Judicial de la Federación cuenta con la firma electrónica avanzada o FIEL como un medio de comunicación con el Consejo de la Judicatura Federal u otros poderes judiciales de otros estados del país.

La familiaridad con estos modelos, sumado al hecho de que estos instrumentos cuentan con su propia validez, han proporcionado métodos de reconocimiento del valor procesal de las pruebas electrónicas.

Así es cómo las pruebas electrónicas son un elemento probatorio y válido para jueces y tribunales en todo el territorio mexicano.

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